| Contacto |   | English |
 
Seguridad y Salud
>> Inicio > Desarrollo sostenible > Seguridad y Salud

Seguridad de producto

El REACH es el nuevo reglamento europeo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de sustancias y preparados químicos que ha aprobado el Parlamento europeo en 2006 y que entró en vigor el 1 de junio de 2007.

Según el mismo, los fabricantes, importadores y usuarios de sustancias químicas deben garantizar que éstas no afectan negativamente a la salud humana o al medio ambiente, proporcionando toda la información existente sobre las mismas y sus riesgos asociados. Estos datos serán compartidos por todos los usuarios y consumidores de la cadena de suministro con el fin de garantizar el uso seguro de los productos químicos.

Esta normativa considera la Ficha de Datos de Seguridad (FDS) como el principal instrumento de comunicación dentro de la cadena de suministro, lo que implica que los datos que incluye se intercambian entre todos los participantes que intervienen en la misma.

Por lo tanto, la persona responsable de poner en el mercado dicha sustancia o preparado debe suministrar al receptor/destinatario la FDS durante la primera entrega. 

El fabricante, importador o usuario intermedio elaborará este documento conforme a unos requisitos similares a los que existían antes de la aprobación del REACH. La principal diferencia con la legislación anterior está en que, cuando sea necesario, las fichas de datos de seguridad incluirán, además, un anexo con los escenarios de exposición en los que se especifiquen las condiciones que garanticen un uso seguro de la sustancia o el preparado.

Año y medio después de la entrada en vigor del Reglamento REACH, la Comisión Europea publicó Reglamento 1272/2008 para la Clasificación, Etiquetado y Envasado (CLP por sus siglas en inglés) de sustancias y mezclas que reemplazará paulatinamente el actual sistema de clasificación europeo por el Sistema Global Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (GHS) de Naciones Unidas en la Unión Europea.

Oficemen, en colaboración con la Asociación de fabricantes de cemento de Europa (Cembureau), ha trabajado de forma coordinada para actualizar la clasificación y etiquetado del cemento y del clínker de acuerdo al Reglamento CLP. En el caso del clínker de cemento Portland esta nueva clasificación está siendo utilizada, por todos los miembros de Oficemen, desde el 1 de diciembre de 2010, además en diciembre de 2010 fue notificada la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) para su inclusión en el Catálogo de clasificación y etiquetado.

Para los cementos la nueva clasificación y etiquetado se empezará a utilizar a partir de diciembre de 2012 (2 años y medio antes que el plazo oficialmente establecido).

También se han actualizado los modelos, europeo y español, de ficha de datos de seguridad (FDS) del clínker de cemento Portland y del cemento para incorporar las modificaciones de acuerdo al Reglamento CLP y actualizarlos al nuevo anexo II del REACH “Requisitos para la elaboración de las fichas de datos de seguridad” que ha sido modificado por el Reglamento (UE) Nº 453/2010 de la comisión de 20 de mayo de 2010. Los plazos para adaptar las actuales Fichas de Datos (FDS) a estos nuevos requisitos son los mismos que los del Reglamento CLP. Es decir, el 1 de diciembre de 2010 para sustancias (clínker de cemento Portland), y a partir del 1 de junio de 2015 para preparados (cementos).

Pulsando en  los siguientes enlaces se pueden consultar las actualizaciones de los modelos, europeos y españoles, de Ficha de Datos de Seguridad para el cemento y para el clínker:

 

Versión imprimible  Anterior

Aviso legal | Mapa web | Créditos | © 2013 Oficemen
C/José Abascal, 53 28003 Madrid Teléfono: (34) 91.441.16.88 Fax: (34) 91.442.38.17 info@oficemen.com